Seguro de Responsabilidad Civil para empresas de Informática y Telecomunicaciones (IT).
MODALIDADES
Existen 2 modalidades de contratación
Básica
Oferta específica para micro y pequeñas empresas con bajo volumen de facturación.
Premium
Para medianas empresas con facturaciones altas
GARANTÍAS
Responsabilidad Civil de Explotación
Cubre la Responsabilidad Civil extra-contractual que pueda derivarse para el Asegurado por daños corporales, materiales y perjuicios consecutivos, causados involuntariamente a terceros durante la explotación de la actividad asegurada por cualquier hecho derivado de su desarrollo
La garantía cubre igualmente los siguientes casos de responsabilidad.
- Responsabilidad Civil Locativa
Cubre la Responsabilidad del Asegurado frente a los propietarios de los inmuebles que está ocupando en régimen de arrendamiento para el desarrollo de la actividad descrita.
- Responsabilidad Civil por Contaminación Accidental
Cubre la Responsabilidad Civil que se le pueda atribuir al Asegurado de acuerdo con la legislación vigente, por daños corporales, materiales y perjuicios consecutivos causados involuntariamente a terceros por contaminación, es decir, por la introducción o dispersión de materias o sustancias en la tierra, el agua o el aire, que produzcan un deterioro que resulte peligroso o dañino en la calidad de dichos medios.
- Responsabilidad Civil por Daños a bienes confiados
Cubre la Responsabilidad extra-contractual y contractual que pueda derivarse para el Asegurado por daños materiales y perjuicios consecutivos causados a bienes de terceros confiados al asegurado dentro de las actividades realizadas por el asegurado.
- Responsabilidad Civil Subsidiaria de Subcontratistas
Cubre la Responsabilidad Civil Subsidiaria que se le pueda atribuir al asegurado por daños causados involuntariamente a terceros por los subcontratistas en el desarrollo de la actividad asegurada.
- Responsabilidad Civil Subsidiaria por uso de vehículos por los empleados
Cubre la Responsabilidad Civil Subsidiaria del asegurado declarada en sentencia judicial firme, como consecuencia de daños corporales, materiales y perjuicios consecutivos causados involuntariamente a terceros por sus empleados durante la utilización de vehículos propiedad de los mismos o alquilados por éstos mientras efectúan gestiones en el desarrollo de su actividad.
- R. Civil por daños a Vehículos de Terceros aparcados dentro de las Instalaciones del Asegurado
Cubre la Responsabilidad que pueda derivarse para el Asegurado por daños a vehículos de terceros aparcados temporalmente dentro de las Instalaciones del Asegurado.
Responsabilidad Civil por Accidentes de Trabajo
Cubre la Responsabilidad que pueda derivarse para el Asegurado por accidentes de trabajo sufridos en el desarrollo de la actividad asegurada por sus empleados.
La garantía cubre igualmente los siguientes casos de responsabilidad.
- Responsabilidad Civil Cruzada
Asume la Responsabilidad que pueda derivarse para el Asegurado por accidentes de trabajo de los trabajadores contratados por la empresa de trabajo temporal y otros dependientes del asegurado, así como por los contratistas y subcontratistas
Responsabilidad Civil de Productos y Post- Trabajos
Cubre la Responsabilidad que pueda derivarse al asegurado por daños materiales, corporales y consecutivos a causa de:
- Causados involuntariamente a terceros por los productos o trabajos entregados en el desarrollo de la actividad asegurada.
- Sobrevenidos después de la entrega.
- Que tengan como hecho generador un vicio propio del producto o del trabajo, debido a un error u omisión durante la concepción, la preparación, la fabricación, la transformación, la reparación, la ejecución, el montaje, el almacenamiento, la presentación, las instrucciones de uso o la entrega.
Al mismo tiempo esta garantía también incluye los siguientes casos de responsabilidad
- Unión y mezcla
Esta garantía asume la Responsabilidad por daños a los bienes o cosas que hayan sido fabricados mediante la unión, mezcla, transformación o incorporación de productos del Asegurado, o hayan sido elaborados con la intervención de este producto.
- Perjuicios patrimoniales primarios
- Perjuicios consecutivos a un producto o trabajo defectuoso
- Perjuicios consecutivo a un retraso en la entrega del producto y/o del trabajo
- Exportaciones de productos a Estados Unidos, Canadá y/o México
Esta garantía cubre la Responsabilidad que pueda derivarse para el Asegurado por:
- Daños corporales, materiales y perjuicios consecutivos causados involuntariamente a terceros por errores, omisiones o negligencias profesionales cometidas en el desarrollo de la actividad asegurada
- Perjuicios patrimoniales primarios causados involuntariamente a terceros, por errores, omisiones o negligencias profesionales cometidas en el desarrollo de la actividad asegurada..
- Daños materiales, pérdida o extravío que pueden sufrir los expedientes o documentos que se encuentren en poder del asegurado en el desarrollo de la actividad asegurada.
Además también se cubren los siguientes casos de Responsabilidad Civil:
- Perjuicios consecutivos a un retraso en la entrega de la prestación
- Daños consecutivos a ataques lógicos
La garantía cubre la Responsabilidad que pueda derivarse para el Asegurado por daños materiales y perjuicios consecutivos causados a terceros por ataques lógicos. Se entiende por ataques lógicos:
- Cualquier tipo de acto informático malintencionado afectando a programas, datos o sistemas informáticos.
- Cualquier tipo de infección o virus informático, es decir, cualquier programa informático propagándose por réplicas del mismo o parte del mismo y que perturba, modifica o destruye todo o parte de programas, datos o sistemas informáticos.
- Gastos de reconstrucción de documentos y material informático perdidos robados o destruidos
Cubre la Responsabilidad que pueda derivarse para el Asegurado por daños materiales, pérdida o extravío que puedan sufrir los documentos y material informático que contengan información y se encuentren en poder del Asegurado.
- Gastos consecutivos a la violación de los derechos de la propiedad intelectual
Se cubre la Responsabilidad que pueda derivarse por gastos consecutivos a la violación de los derechos de propiedad intelectual industrial, literaria o artística a consecuencia de error, omisión o negligencia cometida por el asegurado.
Al mismo tiempo se cubre la responsabilidad provocada por actos deshonestos o fraudulentos de cualquier de sus empleados, siempre y cuando el asegurado no haya sido autor del mismo.
- Gastos de reemplazo de colaboradores “claves”
Esta garantía cubre los gastos adicionales ocasionados para evitar la cesación o el descenso de su actividad tras la baja laboral de un colaborador “clave”.
Por colaborador “clave” se entiende a toda persona que bajo un contrato laboral de duración indefinida, ejerce un papel clave en la gestión o implementación de los proyectos y la relación comercial con los clientes, incluyendo los colaboradores encargados de la negociación de los contratos comerciales y de su seguimiento.
Los gastos adicionales cubiertos son:
- Gastos comprometidos para la búsqueda de un sustituto externo de su nivel, petición de una gabinete de contratación. Gastos de anuncio, gastos de formación.
- El exceso del coste salarial correspondiente a la diferencia entre el salario del sustituyendo externo y de la persona sustituida por un período de máximo 12 meses.
Protección Jurídica
Esta garantía ofrece las siguientes prestaciones:
- Reclamación de daños y perjuicios en relación al local
- Defensa y reclamación de intereses
- Contratos laborales
- Contratos de servicios
- Defensa en cuestiones administrativas municipales
- Contratos sobre cosas muebles
- Reclamación de facturas impagadas
VENTAJAS
- Se trata de un producto diseñado exclusivamente para este tipo de actividades
- Incorpora las garantías más novedosas del mercado
- Facilita una amplia protección a las empresas ante reclamaciones de todo tipo
- Protección Jurídica amplia, incluyendo la reclamación de facturas impagadas
- Sumas aseguradas elevadas
- Asesoramiento Jurídico telefónico
Una operación intracomunitaria es aquella en la que un empresario que está situado en un estado miembro de la Comunidad Europea entrega un bien o presta un servicio a otro empresario situado en otro estado miembro de la Comunidad Europea.