Obligaciones y responsabilidades en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Publicado el 23 enero 2012 por en Laboral
Con la Ley 31/1995 se adoptó en la legislación española la normativa comunitaria sobre protección de la salud de los trabajadores. Más de quince años y mucha pedagogía pero todavía no se ha conseguido concienciar al empresario ni al trabajador sobre la necesidad de adoptar todas las medidas necesarias para evitar accidentes laborales. Para muchas empresas sigue siendo “solo” una obligación formal consistente en cumplimentar la documentación requerida y para muchos trabajadores la utilización de EPI’S un engorro y un obstáculo para realizar ágilmente el trabajo.
La prevención de riesgos laborales no puede verse solo como un “gasto”. Es una inversión necesaria para toda empresa.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales comporta la obligación de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad que se realice en el seno de la empresa y en todas las decisiones que se adopten.
¿Cuáles son las obligaciones del empresario?
Debe adoptar cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y para ello debe:
- - Realizar un plan de prevención de riesgos y evaluación de los riesgos.
- - Planificar las actividades de prevención.
- - Organizar los recursos de los que dispone para desarrollar las actividades preventivas.
- - Debe informar, consultar y contar con la participar de los trabajadores.
- - Debe formar a los trabajadores en prevención de los riesgos laborales.
- - Adoptar medidas de actuación en casos de emergencia y riesgo inminente.
- - Garantizar la vigilancia periódica de la salud de los trabajadores a su servicio en función de los riesgos inherentes al trabajo.
- - Cooperar y coordinar la prevención de riesgos laborales de empresas diferentes radicadas en el mismo centro.
- - El empresario tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para que los equipos de trabajo garanticen la salud e integridad física de los trabajadores. Si una máquina adoleciese de una medida de seguridad el empresario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para evitar cualquier accidente.
- - Debe proporcionar a los trabajadores los equipos de protección individual (EPI) que deban utilizar . Además deberá garantizar la formación para la utilización correcta de estos equipos.
La documentación que el empresario debe elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral o sanitaria es la siguiente:
- Plan de prevención de riesgos laborales
- Evaluación de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo.
- Planificación de la actividad preventiva.
- Control de los estados de salud
- Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores?
- - Usar adecuadamente los medios con los que se desarrolla su actividad.
- - No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad que existan o se instalen en los medios con los que se desarrolla su actividad.
- - Los trabajadores deberán utilizar correctamente y cuidar correctamente los EPI’s.
- - Informar al empresario sobre cualquier situación que comporte un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
El empresario está obligado a adoptar las medidas necesarias para la protección de la seguridad de los trabajadores y está obligado a exigir a sus trabajadores la utilización de los elementos preventivos de seguridad, impidiendo en su caso la actividad laboral.
¿Cómo debe organizarse la actividad preventiva dentro de la empresa?
El empresario puede organizar la actividad preventiva a través de alguna de las siguientes modalidades:
- - Asumiendo personalmente la actividad si es una empresa de hasta 5 trabajadores y la actividad de la empresa no está considerada especialmente peligrosa.
- - Designando a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo, los cuales deben poseer la capacidad adecuada .
- - Las empresas de más de 500 trabajadores y las empresas con una plantilla entre 250 y 500 que realicen una actividad considerada peligrosa deben constituir un servicio de prevención propio. (Este servicio debe constituir una unidad organizativa específica y sus integrantes deben dedicarse exclusivamente al mismo.)
- - Lo más habitual es la contratación de un Servicio de Prevención Ajeno, prestado por una entidad especializada que concierte con la empresa el asesoramiento y la realización de las actividades de prevención .
¿Qué responsabilidades se pueden derivar por no prestar una adecuada protección a los trabajadores?
- Si el empresario no presta protección adecuada y eficaz a los trabajadores, se le pueden exigir una serie de responsabilidades, que pueden dar lugar a sanciones administrativas, así como en su caso, a responsabilidades civiles por los daños y perjuicios e incluso responsabilidades penales.
- Las sanciones que puedan derivarse son compatibles con las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados y por el recargo de prestaciones económicas de la Seguridad Social, por lo que el perjuicio económico que puede comportar para la empresa puede ser muy elevado.
- La responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al trabajador pueden estar cubierto por la Póliza de seguros de responsabilidad civil que tenga contratada la empresa. No obstante, el incumplimiento de la normativa aquí expuesta sobre la prevención de riesgos laborales podría comportar que la compañía de seguros se negara a asumir cualquier tipo de indemnización, i fuera la empresa quien debería asumir el pago de esta indemnización.
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