Obligaciones fiscales 3T 2020

Reclamaci贸 IRPF baixes bancs

 

Antes del 15 de octubre se deber谩n presentar las siguientes declaraciones tributarias:

  • Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y de las actividades econ贸micas de los m贸dulos.
  • Retenciones sobre el capital mobiliario.
  • Retenciones sobre los arrendamientos de inmuebles urbanos. Hay que nos comuniquen el importe de las retenciones practicadas durante este trimestre, teniendo en cuenta las actualizaciones de renta respecto al trimestre anterior.
  • Pagos fraccionados de las actividades empresariales y profesionales (estimaci贸n objetiva y directo).
    IVA. (Impuesto sobre el Valor A帽adido).
  • Declaraci贸n recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • Impuesto sobre Sociedades (2潞 pago fraccionado).
  • Retenciones de profesionales y comisionistas. Con el fin de cumplimentar la declaraci贸n de retenciones a cuenta de IRPF nos deber谩 facilitar las retenciones de los profesionales y comisionistas antes del d铆a 10.

 

 

 

Obligacions fiscals 3T 2020 馃挾

 

 

 

AGENCIA TRIBUTARIA DE CATALU脩A

Antes del d铆a 21 se presentar谩 el impuesto sobre las estancias en establecimientos tur铆sticos de acuerdo con la ley 5/2017 de 28 de marzo, que es una cantidad fija por el n煤mero de pernoctaciones realizadas en hoteles o viviendas de uso tur铆stic.Recordeu que:

el obligado al pago es la persona f铆sica que ha hecho la estancia,
debe repercutir en la factura, y
quien debe ingresar el impuesto es la persona f铆sica o jur铆dica titular del establecimiento o equipamiento.

 

CONTABILIDAD

Estimaci贸n directo normal y directo simplificada.

Los clientes que nos tengan confiada la gesti贸n de la CONTABILIDAD de sus empresas, deber谩n facilitarnos los datos y documentaci贸n necesaria para la preparaci贸n del cierre del trimestre antes del d铆a 10.

Libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversi贸n.

Recordemos que aquellas personas f铆sicas que ejerzan una actividad empresarial o profesional, que tributen en r茅gimen de estimaci贸n directa simplificada o por estimaci贸n objetiva, la obligaci贸n de llevar los libros siguientes:

Directa simplificada: Libro de ingresos. Libro de gastos. Libro de bienes de inversi贸n.
Objetiva (M脫DULOS): Libro de gastos, libro de bienes de inversi贸n.

 

Subscr铆bete a nuestra Newsletter para estar al corriente sobre la nueva normativa